ANALISIS DE REFORMAS A LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE TABASCO
Abstract
Los principios de igualdad y capacidad económica junto con el de progresividad, constituyen el núcleo en el que ha de sustentarse todo sistema tributario. Según se deriva por el artículo treinta y uno fracción cuarta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De esta forma, la igualdad ante la ley -ante la Ley Tributaria en este caso- resulta indisociable de los principios que se enuncian en el último precepto constitucional citado artículo. Por esta razón el principio de igualdad tributaria comprende evidentemente, aunque no se quede solo en ese aspecto-, que el reparto de la carga tributaria no se puede conseguir si la ley al configurar la relación tributaria introduce discriminaciones arbitrarias o irrazonables en relación con presupuestos de hecho sustancialmente idénticos.Downloads
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