Identidades muxe y el derecho a la diversidad en México
DOI:
https://doi.org/10.19136/pcs.a13n26.6694Palabras clave:
Muxes, género, diversidad de género, derechos humanos, pueblos originarios.Resumen
El presente artículo realiza un análisis sobre la relevancia de las identidades muxes desde la perspectiva del contexto jurídico y sociocultural del Estado mexicano, reconociéndolas como una expresión de diversidad de género existente desde tiempos precoloniales en el pueblo zapoteco de la región del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca. El reconocimiento de estas identidades constituye una forma de visibilización que promueve derechos fundamentales como la igualdad, la dignidad humana y la libre determinación. No obstante, pese a su aceptación social en determinados contextos comunitarios, persisten escenarios de discriminación y exclusión que evidencian las limitaciones del marco jurídico vigente. A partir de un enfoque interdisciplinario que articula el derecho constitucional, los derechos humanos y la interculturalidad, el artículo examina los desafíos que enfrenta el orden jurídico mexicano para reconocer plenamente la diversidad de género desde una perspectiva no binaria. Se sostiene que el fortalecimiento del andamiaje jurídico resulta indispensable para avanzar hacia la construcción de un Estado democrático e incluyente, capaz de garantizar el respeto efectivo de los derechos de las identidades diversas.
Referencias
Butler, J. (2004). Undoing gender. Routledge.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2015). Violencia contra personas lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex en América. OEA.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2018). Derecho a la identidad de género y a la no discriminación. CNDH.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2023). Perspectiva global núm. 6 [PDF].
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2023-06/PG-006.pdf
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. (2018). Observaciones finales sobre el noveno informe periódico de México. Naciones Unidas.
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. (2022). Políticas públicas para la igualdad y la no discriminación. Gobierno de México.
Congreso de la Unión. (2014). Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Diario Oficial de la Federación.
Congreso de la Unión. (2024). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación.
Dalton, M. (2010). A way of life: Indigenous identity, gender and sexuality. University of Arizona Press.
Geertz, C. (1973). The interpretation of cultures. Basic Books.
Gobierno del Estado de Oaxaca. (s. f.). Regiones.
https://www.oaxaca.gob.mx/regiones/
Gobierno del Estado de Oaxaca, Coordinación General del COPLADE. (2021). Diagnóstico regional Istmo.
https://www.oaxaca.gob.mx/coplade/wp-content/uploads/sites/29/2021/04/DR-Istmo.pdf
Human Rights Watch. (2022). Mexico: Transgender rights and legal gender recognition. Human Rights Watch.
Mirandé, A. (2017). Behind the mask: Gender hybridity in a Zapotec community. University of Arizona Press.
Organización de las Naciones Unidas. (2012). Nacidos libres e iguales: Orientación sexual e identidad de género en el derecho internacional de los derechos humanos. ONU-DH.
Stephen, L. (2005). Zapotec women: Gender, class, and ethnicity in globalized Oaxaca. Duke University Press.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2019). Derecho a la identidad de género y libre desarrollo de la personalidad. SCJN.
Walsh, C. (2009). Interculturalidad, colonialidad y educación. Revista Educación y Pedagogía, 21(54), 25–34.
Yogyakarta Principles. (2007). Principles on the application of international human rights law in relation to sexual orientation and gender identity.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2026 Perfiles de las Ciencias Sociales

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
Esta licencia exige que los reutilizadores den crédito al creador. Permite a los reutilizadores copiar y distribuir el material en cualquier medio o formato sin adaptarlo y únicamente con fines no comerciales.




